lunes, 12 de octubre de 2015

Extensión de la propiedad intelectual sobre fotografías



En el siguiente post, veremos como una ley impulsada en Argentina, podría dejar sin registros la historia de aquel país: 

Wikimedia Argentina expresa su preocupación por la presentación de un proyecto de ley, impulsado por la diputada Mazure, que busca extender el derecho de autor sobre las fotografías de los actuales 20 años desde la publicación a 70 desde la muerte del autor.
PROYECTO DE LEY
Texto facilitado por los firmantes del proyecto.
Nº de Expediente
2157-D-2015
Trámite Parlamentario
35 (23/04/2015)
Firmantes
MAZURE, LILIANA AMALIA - BIDEGAIN, GLORIA MERCEDES - CANELA, SUSANA MERCEDES - HARISPE, GASTON - RECALDE, HECTOR PEDRO - SEMINARA, EDUARDO JORGE.
Giro a Comisiones
LEGISLACION GENERAL; CULTURA.


Esta extensión en Argentina incorporada al proyecto de referencia (2157-D-2015) supone un daño importante al acervo cultural común en materia de fotografía. Una enorme cantidad de proyectos como Wikipedia, las cuentas de redes sociales del Archivo General de la Nación o el proyecto Trapalanda de la Biblioteca Nacional se verán afectados porque la divulgación de buena parte de las colecciones disponibles se tornará ilegal.
Es preocupante, la ley que quieren implementar, este proyecto vuelve al dominio privado fotografías que ya se encuentran en el dominio público, ya que en Argentina rige, para las fotos, 20 años post-publicación.
Les contaré cómo se maneja la situación de derechos de autor y derechos conexos en mi país (Guatemala):
la ley de derechos de autor y derechos conexos decreto 33-98

Los derechos de autor comprenden 2 vertientes:
1)      Los morales q son intransferibles y es el derecho q tiene q su obra sea reconocida como propia y q su nombre aparezca en ella

2)       Los patrimoniales q el derecho de explotar económicamente la obra pueden realizarse contratos para q sean explotadas por una cierta cantidad de años por determinada persona, y después x otra si se quisiera. Los derechos son protegidos durante toda la vida del autor, 75 años después de su muerte (esto incluye fotografías) Pudiendo por medio de testamento pedir q se conserve anónima o inédita x el mismo tiempo, todo esto previa inscripción en el registro de derecho de autor.

A lo que voy al momento de hacer esta acotación sobre los derechos patrimoniales que tiene el autor es que no pueden entrar al dominio público las fotografías tomadas antes de 1940, esto quiere decir que mucha riqueza fotográfica de la Revolución de Octubre (1944), Contrarrevolución (1954), Conflicto Armado Interno (1962-1996) y otros acontecimientos que marcaron la historia de Guatemala, continúan inéditos y resguardados por los propietarios de las fotografías.
Es por ello que encuentro demasiado preocupante la reforma de ley que quiere implementar la diputada Liliana Mazure y los firmantes. En Argentina, la reforma pone en peligro cientos de miles de fotografías históricas que pasarían con efecto retroactivo al dominio privado. Una fotografía de Gardel de los años 30 podría pasar a ser propiedad discrecional de un heredero, que decidiría en todo caso si permite reproducirla, a qué costo y con qué condiciones. Como acá en Guatemala una fotografía de los presidente Juan José Arévalo y Jacobo Árbenz están bajo el dominio privado y son muy pocas las que son de dominio público, quizás porque nadie las registró.

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